El IGV
El 18% de tus ventas gravadas es el débito. El 18% de las compras con derecho a crédito fiscal es el crédito. Se paga la diferencia; si el crédito es mayor, lo que sobra no se pierde: pasa como saldo a favor al mes siguiente (casilla 145).
Corre en tu navegador: ninguna cifra sale de aquí
Teclea tus ventas y compras del mes y sale lo que toca pagar, con la regla de tu régimen y su norma al lado. Es el mismo cálculo que hace Al Día por dentro, sin cuenta y sin guardar nada.
La declaración no vence el mismo día para todos: depende del último dígito de tu RUC.
| Último dígito | SIRE | Declaración (621) |
|---|---|---|
| 0 | jueves, 15 de octubre de 2026 | viernes, 16 de octubre de 2026 |
| 1 | viernes, 16 de octubre de 2026 | lunes, 19 de octubre de 2026 |
| 2 | lunes, 19 de octubre de 2026 | martes, 20 de octubre de 2026 |
| 3 | lunes, 19 de octubre de 2026 | martes, 20 de octubre de 2026 |
| 4 | martes, 20 de octubre de 2026 | miércoles, 21 de octubre de 2026 |
| 5 | martes, 20 de octubre de 2026 | miércoles, 21 de octubre de 2026 |
| 6 | miércoles, 21 de octubre de 2026 | jueves, 22 de octubre de 2026 |
| 7 | miércoles, 21 de octubre de 2026 | jueves, 22 de octubre de 2026 |
| 8 | jueves, 22 de octubre de 2026 | viernes, 23 de octubre de 2026 |
| 9 | jueves, 22 de octubre de 2026 | viernes, 23 de octubre de 2026 |
Estas fechas son las del cronograma general. Los buenos contribuyentes y las UESP tienen su propia columna en el cronograma de SUNAT, con fechas posteriores, y este cálculo no la cubre.
Cada dígito tiene su página con todos los periodos, y cada mes la suya con los diez dígitos, en el cronograma completo.
El 18% de tus ventas gravadas es el débito. El 18% de las compras con derecho a crédito fiscal es el crédito. Se paga la diferencia; si el crédito es mayor, lo que sobra no se pierde: pasa como saldo a favor al mes siguiente (casilla 145).
RMT: 1% de los ingresos netos mientras el año no pase de 300 UIT (D. Leg. 1269, art. 6.1); a partir de ahí, el art. 85 de la Ley del Impuesto a la Renta. Régimen General: el mayor entre tu coeficiente y el 1,5% (art. 85). RER: 1,5% definitivo (art. 120). Nuevo RUS: cuota fija de S/ 20 o S/ 50 según la categoría (D. Leg. 937).
Retenciones, percepciones, detracciones, notas de crédito de meses anteriores, prorrata del crédito fiscal y ventas gratuitas. La app sí los conoce, porque salen de tus registros, y por eso su 621 es el que se declara y este es el que orienta.
¿Quieres esto con tus datos reales, cruzado con el SIRE y con avisos antes del vencimiento? Mira los planes.