Cronograma SUNAT

Vencimientos del periodo diciembre 2027

El periodo diciembre 2027 se declara en enero de 2028. Estas son las fechas de cada dígito de RUC, y de dónde salen.

Vencimientos del periodo diciembre 2027 por último dígito del RUC
Último dígitoSIREDeclaración (621)Día hábil
0viernes, 14 de enero de 2028lunes, 17 de enero de 202811.º
1lunes, 17 de enero de 2028martes, 18 de enero de 202812.º
2martes, 18 de enero de 2028miércoles, 19 de enero de 202813.º
3martes, 18 de enero de 2028miércoles, 19 de enero de 202813.º
4miércoles, 19 de enero de 2028jueves, 20 de enero de 202814.º
5miércoles, 19 de enero de 2028jueves, 20 de enero de 202814.º
6jueves, 20 de enero de 2028viernes, 21 de enero de 202815.º
7jueves, 20 de enero de 2028viernes, 21 de enero de 202815.º
8viernes, 21 de enero de 2028lunes, 24 de enero de 202816.º
9viernes, 21 de enero de 2028lunes, 24 de enero de 202816.º

Estas fechas se calcularon con la tabla de feriados comprobada hasta 2026. Para 2028 son una proyección: un feriado nuevo corre la fecha un día hacia adelante. Confírmalas en el cronograma que publica SUNAT antes de fiarte del día exacto.

Estas fechas son las del cronograma general. Los buenos contribuyentes y las UESP tienen su propia columna en el cronograma de SUNAT, con fechas posteriores, y este cálculo no la cubre.

Los días que se contaron

El mes de vencimiento tuvo 21 días hábiles. La fecha de cada grupo es el ordinal de la última columna, contando de lunes a viernes y descontando los feriados nacionales.

  • 2028-01-01 · Año Nuevo

El reparto de dígitos y los ordinales salen de la R.S. 000281-2022/SUNAT: el anexo I para la declaración y el anexo II para el SIRE. Esa resolución rige «para el año 2023 y siguientes», así que no hay una resolución nueva del cronograma cada año.